Se considera suplemento a cualquier cambio en las condiciones particulares de la póliza y, si procede, a su emisión en papel o soporte digital, con la creación de un nuevo recibo si hubiera diferencia en importes entre la anterior y la nueva situación.
En el caso de los seguros de automóvil se emitiría un suplemento de póliza por ejemplo, en el caso que el titular solicite un cambio de domicilio o de otros datos que afecten a la naturaleza del riesgo, como la inclusión en póliza con un conductor adicional, o de accesorios no declarados originalmente.
Un suplemento es, por tanto, un documento contractual complementario que recoge determinadas modificaciones a la póliza, convenidas y suscritas entre Asegurador y Tomador del Seguro, y que forma parte integrante de la misma.