Un siniestro es una manifestación concreta de un riesgo previsto en el contrato que ocasiona una disminución en el interés asegurado y en consecuencia, la obligación de satisfacer la prestación correspondiente a los límites pactados.
ICEA señala tres elementos fundamentales presentes en la definición de un siniestro:
- Existencia de un contrato de seguro
- Ocurrencia de alguno de los hechos cuyo riesgo está contemplado en el contrato
- Que dicho hecho ocasione un daño al interés económico asegurado. Cuando se trata de seguros denominados “de personas”, se satisface el capital o renta acordados con independencia del daño causado.
Aunque habitualmente el daño se asocia con la destrucción total o parcial de uno o varios bienes, existen tres tipologías diferentes de daños:
- Disminución del activo. Se refiere a todos aquellos casos en los que existe una destrucción total o parcial de los bienes sobre los que recae el interés asegurado. Un ejemplo sería la destrucción de una vivienda por un incendio o la sustracción del vehículo propiedad del asegurado.
- No aumento del activo. En este caso, el daño se produce debido a que deja de obtenerse un incremento patrimonial o ganancia. Un ejemplo sería un seguro de pérdida de beneficios en el que a consecuencia de un hecho imprevisto, cese temporalmente la producción de un determinado negocio y no se obtengan los beneficios esperados.
- Aumento del pasivo. El daño en este caso se produce porque será necesario afrontar el pago a terceros de cantidades no previstas. Un ejemplo sería el caso de la responsabilidad civil, dónde una acción del asegurado causa daños y perjuicios a terceros, siendo necesario satisfacer una cantidad económica concreta para reparar dichos daños.