El reaseguro es un contrato que suscribe una entidad aseguradora (aseguradora directa) con otras entidades (reaseguradoras), para distribuir sus riesgos y limitar las responsabilidades que esta habría de asumir en caso de siniestro, al cubrir parte o la totalidad de su coste, de forma que puede mantener en su cartera la cantidad de riesgo que considera deseable.
En el reaseguro, es la aseguradora directa la responsable de indemnizar totalmente al asegurado a tenor de lo dispuesto en el Art. 77 Ley 50/80, de Contrato de Seguro:
«Por el contrato de reaseguro el reasegurador se obliga a reparar, dentro de los límites establecidos en la Ley y en el contrato, la deuda que nace en el patrimonio del reasegurado a consecuencia de las obligaciones de éste, asumidas como asegurador en un contrato de seguro».