El hurto es un tipo de delito contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico, tipificado en el Código Penal en sus artículos 234, 235 y 236 y que consiste en el apoderamiento con sustracción de cosa ajena, esto es, tomar cosas muebles propiedad de otra persona sin su consentimiento, y con ánimo de lucro.
En caso de que la cuantía de lo sustraído exceda los 400 euros, la persona acusada del delito de hurto podrá ser castigada con una pena privativa de libertad de entre seis y dieciocho meses. Existen varias circunstancias que convierten en agravado el tipo penal, estas se detallan en el artículo 235.
En caso de que la cuantía sustraída no supere los 400 euros pero corresponda con alguna de las circunstancias descritas en el mencionado artículo 235, la ley contempla privación de libertad de entre 1 y 3 años para la persona acusada por este delito.
La legislación española contempla también el delito de hurto de uso de vehículos recogido en el artículo 244. Este término hace referencia al uso del automóvil sin la autorización de su dueño. Se considera hurto de uso cuando no existe voluntad de apropiarse del vehículo y este es devuelto en un plazo máximo de 48 horas, en un lugar donde el propietario pueda localizarlo.
Aquellos casos en los que la devolución del vehículo no se efectúe en el plazo señalado, el hecho será castigado como hurto. La persona acusada por este delito será castigada con la pena de trabajos en beneficio de la comunidad con una duración de treinta y uno a noventa días o una multa de dos a doce meses.