El Beneficiario en una póliza de seguros es la persona física o jurídica que recibirá los pagos o reconocimientos de determinados derechos por parte de la compañía de seguros, de acuerdo con el contrato suscrito con ella.
El Beneficiario es la persona designada en la póliza por el asegurado o tomador del seguro, como titular de los derechos indemnizatorios que en dicho documento se establecen y, por tanto, es el que recibirá la indemnización en caso de que ocurra el siniestro.
Su designación puede ser expresa (v. gr. Don , o su esposa, Doña ,etc.) o tácita (v. gr. los herederos legales del asegurado), y generalmente de libre nombramiento, aunque es práctica normal que el beneficiario tenga en alguna forma un vínculo común de intereses personales, familiares o económicos con el asegurado o contratante (tomador del seguro).
Estas prestaciones pueden ser asignadas directamente al asegurado y contratante cuando haya sido designado como beneficiario, circunstancia común en los seguros de daños materiales, o diferir a personas distintas, como en el caso de los seguros de vida, en los que se designa un beneficiario, que recibirá la prestación, en caso de muerte del asegurado.
Esta contraprestación podrá ser económica o de unos derechos previamente adquiridos por el asegurado y que transfiere al beneficiario.
¿Qué otras figuras intervienen en un contrato de seguro?
- El tomador del seguro
- El asegurado
- El beneficiario
- La aseguradora
- Otras figuras, como el perito de seguros.