En terminología de seguros, se denomina pérdida total (o siniestro total) cuando el objeto asegurado deja de cumplir su finalidad a consecuencia de un siniestro o accidente fortuito.
En lenguaje asegurador, hay que distinguir entre “Pérdida Total Real o Efectiva” y la “Pérdida Total Constructiva”:
- Pérdida Total Real o efectiva cuando el objeto asegurado desaparece, queda destruido por completo, o cuando el asegurado se ve desposeído de él de forma irreparable.
- Pérdida Total Constructiva, cuando el coste de reparación del objeto es superior al de su valor asegurado.
- Pérdida Total Arreglada, cuando el objeto asegurado sufre un daño considerable pero no tan elevado como para ser declarado Pérdida Total Constructiva. En estos casos el asegurado y la entidad aseguradora acuerdan la pérdida de forma pactada, aceptando una indemnización inferior a la suma asegurada y dejando los restos a favor del asegurado.
Algunas pólizas de seguros de automóvil a terceros incluyen la cobertura de Pérdida Total, por la cual se indemnizaría al asegurado en caso de siniestro con culpa, cuando los gatos de reparación del vehículo son superiores a su valor actual. Con esa indemnización, el asegurado puede optar por comprar otro vehículo o reparar el accidentado en caso de que sea factible.